Mayordomía


La Mayordomía se encarga de la gestión económica de la Hermandad. Tanto el Mayordomo 1º como el 2º, gestionan los ingresos y gastos conforme a las Reglas. Es de su competencia:

a) Llevar la administración de toda clase de bienes de la Hermandad.

b) Recaudar las cuotas, de acuerdo con lo dispuesto en estas Reglas, por lo que junto con el Secretario 1º extenderá y firmará los recibos correspondientes.

c) Mantener conforme al valor de los ingresos ordinarios una política niveladora de gastos, siempre con el visto bueno del Cabildo de Oficiales.

d) Tendrá reconocida la firma para extraer fondos de las cuentas bancarias abiertas por la Archicofradía, así como para la apertura de la caja fuerte alquilada para la custodia del tesoro si fuese preciso. Dicha firma será conjunta con la del Hermano Mayor y la del Censor.

e) Llevará los libros necesarios de contabilidad de la Archicofradía, archivando los justificantes de pagos realizados conservándolos durante cinco años.

f) Periódicamente presentará al Cabildo de Oficiales un resumen contable de la situación económica , sin perjuicio del estado de ingresos y gastos habidos en el ejercicio natural, que dará a conocer al Cabildo de Oficiales antes de la celebración del Cabildo General de Cuentas para su aprobación y posterior presentación a la Vicaría General.

g) Confeccionará anualmente presupuestos de ingresos y gastos que presentará previamente al Cabildo de Oficiales para su aprobación y posterior refrendo por el Cabildo General de Cuentas y con solicitud de revisión al Vicario General. Estos anteriores documentos que se refieren en los apartados e) y f), llevara el Visto Bueno del Hermano Mayor y del Censor.

h) Al tomar posesión de su cargo, recibirá del Mayordomo saliente y en presencia del Hermano Mayor y Secretario anteriores, juntamente con los elegidos, todas las alhajas y demás efectos que quedarán bajo su custodia y responsabilidad. Dicha entrega se realizará mediante inventario por duplicado, quedando un ejemplar en su poder y entregándose otro al Secretario para su custodia en el Archivo de la Hermandad, debiendo estar ambos firmados por todos los asistentes.

i) Llevar un libro de inventario en el que figuren todos los bienes de la Archicofradía y en el que se anotarán las altas y bajas justificadas. En esta tarea recibirá el apoyo de los Priostes.

DE LOS MAYORDOMOS (Reglas 31 y 32)

Información económica. Cuotas de la Hermandad

Las cuotas anuales que los hermanos satisfacemos a la Hermandad, ayudan al deber de asistir o contribuir al sostenimiento económico de la misma para que esta pueda cumplir con los fines que le son propios (cultos, caridad y formación).

Con el fin de agilizar las distintas tareas administrativas que la Hermandad genera, la Mayordomía de esta Archicofradía, ha puesto en marcha una campaña de domiciliación de cuotas.

La domiciliación de las cuotas posibilita al hermano su pago semestral, abonando el 50% en el mes de febrero y el restante 50% en el mes de septiembre.

Los hermanos que deseen seguir abonando las cuotas en efectivo a través del cobrador, deberán hacerse cargo de los gastos que este procedimiento genera (actualmente el 10% de la cuota).

Domiciliación

Las aportaciones de los hermanos a través de sus cuotas son el mayor ingreso que tiene nuestra Hermandad.

Una de las formas de hacer efectiva esa aportación es a través de la domiciliación bancaria, la cual supone una manera cómoda para el hermano y una herramienta muy útil para el desarrollo económico de la Mayordomía.

Aunque tenemos un índice de domiciliaciones considerable, aún existe un número importante de hermanos que no utilizan este sistema de pago, por lo que, desde aquí, les animamos a que cumplimenten el documento de domiciliación descargándoselo desde el enlace indicado mas abajo y enviándolo a la Hermandad, bien por correo ordinario o por correo electrónico.

Documento de domiciliación bancaria